Controles y certificación

Únicamente podrán dedicarse a la obtención de patatas amparadas por la indicación geográfica protegida (IGP) «Pataca de Galicia» o “Patata de Galicia”, las patatas de consumo de las variedades Kennebec, Agria y Fina de Carballo obtenidas en las parcelas aptas (sanas, sin ningún tipo de enfermedades) y ubicadas dentro de la zona de producción definida, e inscritas en los registros del Consejo Regulador.

De igual modo, sólo los almacenes y plantas envasadoras ubicadas dentro de la zona de producción e inscritas en los respectivos registros del Consejo Regulador, podrán dedicarse al envasado del producto amparado por la IGP «Pataca de Galicia» o “Patata de Galicia”.

El hecho de que el almacenamiento y el envasado se efectúen dentro de la zona delimitada responde a la necesidad de preservar las características peculiares de la producción y a que tradicionalmente las instalaciones se sitúan en las comarcas de producción de mayor calidad, lo que permite un mejor y más eficaz funcionamiento de la estructura de control.

Se pretende con ello además minimizar las posibles pérdidas en la calidad final del producto por efecto del transporte (aumento del número de golpes, temperaturas no adecuadas, etc.) y de unas condiciones de almacenamiento no aconsejables.

El Consejo Regulador, siguiendo los criterios generales aplicables a los organismos de certificación de producto que establece la norma ISO/IEC 17065, garantizará la trazabilidad del producto mediante un programa de inspección, localización y control de las parcelas sembradas para producción, tras la declaración de siembra anual y un programa de control y mejora de la calidad, que abarcará el proceso de almacenaje, manipulación, envasado y etiquetado del producto amparado.

Todo lo anteriormente expuesto será supervisado desde el Consejo Regulador, que contará con los siguientes registros de control:

 – Registro de plantaciones.  DESCARGAR SOLICITUD

 – Registro de almacenes y plantas envasadoras. DESCARGAR SOLICITUD

 Asimismo, el sistema de control y certificación se basa en dos mecanismos fundamentales, diferenciados para cada fase del proceso, y que consisten en:

 1 Un programa de localización, inspección y control de las parcelas sembradas para la producción, a partir de la declaración de siembra anual, con el objeto de poder asegurar en todo momento la procedencia de las producciones amparadas. Es llevado a cabo por personal del Consejo Regulador.

2. Un programa de control y mejora de la calidad, que abarca el proceso de almacenaje, manipulación, envasado y etiquetado del producto amparado. Es llevado a cabo por personal del Consejo Regulador, pudiendo ser contratado a una empresa externa.